Cómo funciona el IVA en los EAU
El IVA se introdujo mediante el Decreto-Ley Federal n.º 8 de 2017 y se aplica desde el 1 de enero de 2018. El tipo estándar es el 5%. No hay 6%, ni 8%, ni un tipo discrecional: si alguien le cita otro, está adivinando.
Una empresa registrada cobra el 5% sobre sus suministros gravados (IVA repercutido), recupera el 5% que pagó a sus proveedores (IVA soportado) y paga la diferencia a la Autoridad Fiscal Federal. El impuesto lo soporta en última instancia el consumidor final; para una empresa intermedia debería ser neutral en tesorería, siempre que el cálculo y la documentación sean correctos.
Añadir IVA frente a extraer IVA: el error que casi todos cometen
Añadir IVA es fácil: multiplique el importe neto por 1,05. AED 10.000 se convierten en AED 10.500.
Extraer el IVA es donde la gente se equivoca. Si tiene un total con IVA de AED 10.000, el IVA que contiene no es AED 500. Hay que dividir entre 1,05, no restar el 5%: AED 10.000 ÷ 1,05 = AED 9.523,81 neto, así que el IVA dentro es AED 476,19, no AED 500.
Cuándo debe registrarse para el IVA
Obligatorio: sus suministros gravados superaron los AED 375.000 en los últimos 12 meses, o prevé que lo hagan en los próximos 30 días. Voluntario: sus suministros o gastos gravados superan los AED 187.500.
Registrarse tarde conlleva una sanción administrativa de AED 10.000, cobrada por el retraso, no por deber impuesto. Empresas que no debían nada la han pagado.
Esta calculadora hace aritmética, no asesoramiento. Es exacta para el tipo estándar del 5% a julio de 2026, pero su situación de IVA depende de qué vende y a quién. Trate el resultado como una cifra que comprobar, no como una declaración en la que confiar.
