Calculadora gratuita
Calculadora de IVA en EAU
Añada el 5% de IVA a un precio neto o calcule cuánto IVA hay dentro de un total que ya le han dado. Gratis, al instante, sin registro, y le muestra la cuenta, porque quitar el IVA no es lo mismo que restar el 5%.
Calculadora de IVA
5%, general
Importe sin IVAAED10,000.00
IVA al 5%AED500.00
Total con IVAAED10,500.00
AED 10,000.00 × 1.05 = AED 10,500.00
- Tipo general
- 5%
- En vigor desde
- 1 ene 2018
- Umbral de registro
- AED 375,000
¿Necesita registrarse en el IVA?
Indique sus suministros e importaciones gravados y vea dónde está frente a los umbrales de la Autoridad Tributaria Federal.
Debe registrarse
Supera AED 375,000, así que el registro es obligatorio. Registrarse tarde conlleva una sanción de AED 10,000, que se cobra por el retraso, no por deber impuestos.
Cómo funciona el IVA en los EAU
El IVA se introdujo con el Decreto-Ley Federal n.º 8 de 2017 y se aplica desde el 1 de enero de 2018. El tipo general es el 5%. No hay un 6%, ni un 8%, ni un tipo discrecional. Si alguien le indica otro, está adivinando.
Una empresa registrada cobra el 5% sobre sus suministros gravados (IVA repercutido), recupera el 5% que pagó a sus proveedores (IVA soportado) y paga la diferencia a la Autoridad Tributaria Federal. El impuesto lo soporta al final el consumidor; para una empresa intermedia debería ser neutro en su tesorería, siempre que las cuentas y los papeles estén bien.
Añadir IVA o quitarlo: el error que comete casi todo el mundo
Añadir IVA es fácil: multiplique el importe neto por 1.05. AED 10,000 pasan a ser AED 10,500.
Quitar el IVA es donde la gente se equivoca. Si tiene un total con IVA de AED 10,000, el IVA que contiene no es AED 500. Tiene que dividir entre 1.05, no restar el 5%:
AED 10,000 ÷ 1.05 = AED 9,523.81 netos
IVA incluido = AED 10,000 − 9,523.81 = AED 476.19, no AED 500.
Es una diferencia de AED 23.81 en una sola factura. A lo largo de un año de facturas es una conciliación que no cuadra y una declaración a la FTA que está mal sin que nadie lo note.
Cuándo debe registrarse en el IVA
Registrarse tarde conlleva una sanción administrativa de AED 10,000, que se cobra por el retraso, no por deber impuestos. Empresas que no debían nada la han pagado.
- Obligatorio: sus suministros gravados superaron AED 375,000 en los últimos 12 meses, o prevé que lo hagan en los próximos 30 días.
- Voluntario: sus suministros o gastos gravados superan AED 187,500.
No todo se grava al 5%
Algunos suministros tienen tipo cero (se cobra un 0% y aún puede recuperar su IVA soportado) y una lista corta está exenta (no se cobra IVA y no puede recuperar el IVA soportado). Parecen iguales y no lo son: la exención suele ser la peor de las dos, porque el IVA que le cobraron sus proveedores se convierte en un coste.
Cuando la aritmética deja de ser lo difícil
No sancionan a las empresas por multiplicar por 1.05. Las sancionan por registrarse tarde, por clasificar mal un suministro, por recuperar IVA soportado sin derecho a ello o por no prorratearlo cuando tienen suministros gravados y exentos. Nada de eso es aritmética, y nada aparece hasta que alguien revisa.
Si no está seguro de si debería estar registrado, de qué tipo se aplica a lo que vende o de si ha recuperado todo lo que le corresponde, nuestro equipo de impuesto de sociedades e IVA revisará su situación según los artículos reales. Si ya cumple, esa es la respuesta que recibirá.
Sus declaraciones de IVA, presentadas por nosotros
Todos los paquetes de contabilidad desde SME incluyen su registro en el IVA y sus declaraciones, con la contabilidad que las respalda.
Desde AED 7,245 al año, IVA incluido
Preguntas frecuentes
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¿Cómo quito el 5% de IVA de un total?
Divida entre 1.05. No reste el 5%. Un total con IVA de AED 10,000 contiene AED 476.19 de IVA, no AED 500, y el importe neto es AED 9,523.81. Restar el 5% es el error aritmético de IVA más común, y a lo largo de un año de facturas produce una declaración que no cuadra sin que nadie lo note.
¿Cuál es el tipo de IVA en los EAU?
El 5%. Se introdujo con el Decreto-Ley Federal n.º 8 de 2017 y se aplica desde el 1 de enero de 2018. Algunos suministros tienen tipo cero (0%) y una lista corta está exenta, pero no hay un 6%, ni un 8%, ni un tipo discrecional.
¿Cuándo tengo que registrarme en el IVA?
El registro es obligatorio en cuanto sus suministros gravados superan AED 375,000 en los últimos 12 meses, o prevé que lo hagan en los próximos 30 días. El registro voluntario está disponible por encima de AED 187,500. Registrarse tarde conlleva una sanción de AED 10,000, que se cobra por el retraso, no por deber impuestos, así que la han pagado empresas que no debían nada.
¿El tipo cero es lo mismo que la exención?
No, y la diferencia cuesta dinero. El tipo cero significa que cobra un 0% pero puede recuperar el IVA que le cobraron sus proveedores. La exención significa que no cobra nada y no puede recuperarlo, así que ese IVA se convierte en un coste que asume. La exención parece el mejor trato y suele ser el peor.
Esta calculadora hace cuentas, no da asesoramiento. Es exacta para el tipo general del 5%, pero su situación de IVA depende de lo que vende y a quién. Tome el resultado como una cifra que comprobar, no como una declaración en la que confiar.
¿No tiene claro cómo está su IVA?
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