El IVA, hecho correctamente
El IVA es del 5%. El registro es obligatorio una vez que sus suministros imponibles superen los AED 375,000 en un periodo móvil de 12 meses, y voluntario a partir de AED 187,500. Registrarse tarde conlleva una sanción administrativa de AED 10,000, que se cobra por el retraso, no por la deuda tributaria.
Sin embargo, las sanciones rara vez provienen del tipo impositivo; surgen de clasificar incorrectamente un suministro, reclamar un IVA soportado al que no se tenía derecho o presentar la declaración fuera de plazo. Nosotros nos encargamos del registro, las declaraciones y las cuestiones de clasificación que realmente causan problemas.
Impuesto de sociedades y libros limpios
El impuesto de sociedades de los EAU se aplica al 9% sobre el beneficio imponible que supere el umbral, con un tramo del 0% para los ingresos cualificados de zonas francas cuando se cumplan las condiciones. Conseguir la posición correcta depende enteramente de la calidad de sus registros contables.
Mantenemos su contabilidad al día y conciliada durante todo el año, de modo que la declaración de impuestos sea un resumen de registros limpios en lugar de una carrera de última hora, y para que la cantidad que pague sea la que realmente debe.
Teneduría de libros que demuestra su valor
Más allá del cumplimiento normativo, unos libros al día le indican si realmente está ganando dinero, dónde está el efectivo y si alguna posición del IVA es errónea sin que se haya dado cuenta. Gestionamos la contabilidad mensual, los informes de gestión y las nóminas para que nunca tenga que adivinar.
Cuando un banco, un inversor o la FTA soliciten registros, estarán listos, porque se habrán llevado correctamente desde el principio.
Las tarifas y los umbrales se indican a fecha de 2026 y su propia situación dependerá de lo que venda y a quién. Esto no constituye asesoramiento fiscal; confirmamos sus obligaciones específicas antes de actuar.
